Saltar al contenido
República del Perú·Observatorio de la producción científica universitaria —

Balance constitucional de la regionalización

Landa Arroyo, César · Repositorio Institucional de la PUCP (1990) · DOI: 10.18800/derechopucp.199001.007

Resumen

La Constitución ha establecido un modelo abierto de gobierno unitario y descentralizado; para lo cual se ha iniciado un proceso de regionalización a través de la creación de gobiernos regionales con autonomía económica y administrativa respecto del gobierno central. Como quiera que el gobierno nacional es unitario, el ordenamiento jurídico nacional debería ser único; pero, dada la naturaleza descentralizada y pluralista de los gobiernos regionales y locales, el nuevo ordenamiento jurídico nacional debe comprender tanto a las normas centrales como a las regionales y locales. El Poder Ejecutivo ha demostrado una tendencia concentradora de funciones, en desmedro de organismos administrativos locales o departamentales, así como una tendencia interventora en los asuntos del Poder Legislativo y el Poder Judicial. En consecuencia, no cabe duda de que lo propio podrá ocurrir con los gobiernos regionales. De modo que, no obstante la delimitación constitucional y legislativa que ha hecho el Congreso de las competencias, funciones, recursos económicos, relaciones y responsabilidades, entre otras, de los órganos de gobierno regional, es de prever en adelante que se presenten casos de conflictos de normas entre el gobierno regional y el gobierno central, lo cual alterará el sistema de organización jerárquica de las normas nacionales y regionales en sus distintos niveles.

Instituciones: Pontificia Universidad Católica del Perú